273- No respetar una PMR serán 500 €

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¡Hola! ¿Qué tal, cómo estás? Soy Carlos Vittese, y te doy la bienvenida a una nueva entrega de Bitácora Mental.

Dentro de la jungla en la que vivimos la mayoría de los que habitamos en las ciudades —aunque también en muchos pueblos se respira ese aire contaminado de la falta de empatía—, si hablamos de no respetar al volante, hay un hecho que en lo personal considero muy grave, pero que para algunos es simplemente ser más listo que otros.

Creo que todos tenemos claro que en España hay millones y millones de coches, y que aparcar en las calles cada vez se vuelve más complicado, y si para una persona que podríamos llamar “normal” más de una vez se hace cuesta arriba, imagina lo mismo para quien tiene movilidad reducida, pero además comprueba que no se respetan los espacios destinados a este tipo de personas.

Como siempre, habrá quien diga que no le consta, y que la gente respeta esas plazas, pero en lo personal, tengo comprobado infinidad de veces que no es así. Y aclaro que no es que yo las utilice. Mi afirmación parte de la base de que a diario circulo por sitios donde existen, y los vehículos que las ocupan no son de personas con falta de movilidad, y realmente da vergüenza ajena el comportamiento incívico que tienen que tolerar aquellos que deberían ser respetados, y sobre los que se lanzan discursos muy grandilocuentes, pero que en el día a día se les ignora desde demasiadas esferas de la sociedad.

Y recuerdo perfectamente hace un tiempo, y en apenas dos horas, cuando sin quererlo, fui testigo de cómo tres listillos de turno hacían caso omiso del Reglamento General de Circulación y la Ley de Seguridad Vial, ocupando plazas de movilidad reducida, cuando evidentemente no tenían derecho a ello.

Y seguramente sea una casualidad de esas como quien compra un billete de lotería y le toca el gordo, y probablemente lo que voy a decir sea tan impopular, como políticamente incorrecto de mencionar, pero los tres hechos que acabo de mencionar no son un invento, los he visto de primera mano involuntariamente, y además con testigos. Pero ¿a qué viene este cantinflesco preámbulo? Pues… al hecho de que jamás me hubiera imaginado que en los tres casos, quienes iban al volante eran mujeres.

Pero peor aún, en ningún caso iban solas; les acompañaban pareja e incluso chicas adolescentes. Y ojo, que la plaza estaba pintada correctamente, y se veía de lejos que era un espacio especialmente dedicado al uso de determinadas personas.

En resumen, que en los casos que comento, las personas fueron directo a lo suyo y no les interesó absolutamente nada. Como dije antes, fui testigo involuntario, en un caso por estar comiendo con vistas al sitio, y en otro esperando fuera de un establecimiento comercial. Todo el mismo día y en poco rato.

Ha dado la casualidad de que fueron mujeres y te lo estoy contando, pero de ninguna forma pretendo decir que son ellas las más “infractoras”. Yo te cuento lo que vi ese día; igual que otra persona, podría decirte que solo le ha visto esta conducta a hombres. Pero el sexo en este caso es totalmente irrelevante; lo medular es que la gente no respeta, y eso perjudica y mucho a quienes tienen movilidad reducida y necesitan aparcar en esos sitios, creados especialmente con esa finalidad, y no para ser utilizados por personas que no quieren perder ni un segundo para hacerlo donde deben.

Hay gente que no lo sabe, pero ocupar una plaza de movilidad reducida sin tener derecho a ella implicaba hasta ahora una infracción grave, penada con multa de 200 euros. Pero las cosas están cambiando.

En mayo del año pasado (2025), el CERMI, Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, solicitó al Congreso un cambio en la ley de tráfico, y que aparcar sin permiso en una plaza de las que hablamos signifique una infracción muy grave, y se pidió aumentar la cuantía de la multa, pasando de 200 a 500 euros.

La cuestión es que el pasado octubre, este punto recibió el aval unánime del congreso, y está en trámite parlamentario, teniendo ahora que pasar por la aprobación del Senado, para su posterior publicación en el BOE y que se comience a aplicar la ley.

Se había manejado que, además de la multa, se quitaran puntos del carnet, pero por ahora y según el texto debatido, lo que se ha conseguido es aprobar el aumento de la multa.

Hasta que no finalice el trámite parlamentario, la infracción continuará siendo penada con 200 euros, pero habrá que estar atentos porque en cualquier momento podría pasar a 500 euros, que parece un poco más adecuado al perjuicio que se le causa a las personas con movilidad reducida.

Y a esta altura, conviene recordar que este tipo de infracciones no solo se aplican al aparcar en la calle; también procede en propiedades privadas de uso público.

Es decir, la mayoría de supermercados, centros comerciales, hospitales, etc., que quedan alcanzados por la Ley de Tráfico, basándose en la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación, aplicadas a vías y terrenos públicos o privados de uso común o general, cuando el acceso es libre, es decir, allí no hay una barrera para abonados, o temas del estilo. En esos casos no se aplica directamente la Ley de Tráfico, y es algo más complicado. No se podría multar, pero quedaría espacio para otras medidas, y que no vienen al caso, porque vamos a centrarnos en la situación más común, los espacios de acceso público.

Allí quien debe multar es la Policía local o agentes de movilidad, pero el personal de seguridad o empleados pueden avisar a la Policía, reportando los datos del vehículo, en el caso de que, al habérsele solicitado que se retirara, no se cumpliera de buena voluntad, o el dueño no apareciera ante el requerimiento.

En resumen, que si vemos que se está cometiendo un atropello contra los derechos de las personas con movilidad reducida, ocupándose indebidamente una plaza señalizada claramente para uso exclusivo de ese tipo de personas, si el vehículo aparcado no tiene a la vista la tarjeta azul que lo habilita, está caducada o es falsa, tenemos la opción de llamar a la Policía Local y denunciar el hecho, si este ocurre en la calle o en sitios como los antes mencionados, en los que aplica la ley en cuestión.

Hay que dar la ubicación exacta, es decir, la calle y demás datos, identificar el supermercado, centro comercial o lo que fuera, aportar la matrícula, marca y modelo del vehículo, y mencionar que se trata de una plaza ocupada sin tarjeta habilitante visible.

No es necesario quedarse allí esperando a las autoridades, y si se quiere presentar la queja formal ante el ayuntamiento o la Policía Local, es relevante tomar una foto del vehículo y la plaza, pero sin que aparezcan rostros ni datos de otras personas.

Obviamente, en el caso de ocurrir en centros comerciales, supermercados, etc., lo primero y más lógico sería comunicarlo al establecimiento, para que a través de megafonía se solicitara la retirada del vehículo. Además, algunos tienen normativas internas que les permiten tomar otras medidas.

Es importante también tener en cuenta que, si se comprueba que en ese sitio se toleran las conductas incívicas y no se toman medidas, se puede presentar una queja en el libro de reclamaciones del establecimiento, o enviar un escrito al ayuntamiento, indicando que allí no se respeta la ley de accesibilidad a los espacios de movilidad reducida.

Es de sentido común, pero en ningún caso resulta recomendable hacer de policía y buscar confrontación con el infractor. El hecho puede ser indignante, incluso si uno mismo es el afectado, pero la sociedad tiene sus reglas y, cuando se incumplen, existen los mecanismos naturales para corregirlo. Así que lo más inteligente es mantener la “cabeza fría”, no sea cosa que “el remedio sea peor que la enfermedad”.

Y hasta aquí la entrega de hoy; gracias por tu tiempo al leer o escuchar este contenido, y te espero en el próximo.

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Por Carlos Vitesse

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